Los días 10, 11 y 12 de agosto de 1997, todos los españoles de bien se quedaron sin sangre esperando que no se derramara la de Miguel Ángel Blanco, un joven concejal de Partido Popular en Ermua, secuestrado por la banda terrorista ETA. La macabra grey independentista pedía a cambio de su vida que se acercaran sus presos al País Vasco. El Gobierno de José María Aznar no cedió, al mergen de que, luego, sin chantaje que le atenazara, aplicara los beneficios penitenciarios que estimó convenientes. El resultadado fue, como todos sabemos, el vil asesinato del muchacho. Un chico cuyos “agravios” infringidos a Euskadi habían consistido en militar en el PP, pedir un polideportivo y ser admirador del grupo musical Héroes del Silencio. Paradójicamente, el problema de fondo consiste en que, en las provincias vascas, siguen habiendo “héroes del silencio” que ya están hartos serlo.
Hace unos meses, en concreto desde el 7 de noviembre de 2006, el preso de ETA Juan Ignacio de Juana Chaos, inició una huelga de hambre con el fin de conseguir su libertad mediante presión social “humanitarista” sobre los poderes del Estado. De Juana Chaos, de escalofriante historial delictivo, fue condenado, en una primera sentencia, por el asesinato de 25 personas (cumplió 18 años) y en una segunda, por un delito de opinión con expresa apología del terrorismo, mediante la publicación de dos artículos en Gara (“Galliza” y “El Escudo”), que, dictada por la Audiencia Nacional, fue recurrida en el Supremo. El alto tribunal dictó una nueva condenándole a tres años. Esta reciente sentencia le ha permitido a Instituciones Penitenciarias, dependiente de la Administración; es decir, del Gobierno, la concesión del segundo grado, con prisión atenuada domiciliaria, al amparo del Art. 100.2 del Reglamento penitenciario.
De facto, la excarcelación se debe a las decisiones combinadas del ministro del Interior, del Juez y del Fiscal de de Vigilancia de la Junta de Tratamiento de la Prisión de Aranjuez, asi como de la aquiescencia de la directora de Instituciones Penitenciarias, doña Mercedes Galliza, persona a la que De Juana Chaos le dedicó el primer artículo en Gara.
Formal y legalmente, nada parece (y menos para los que no somos expertos en derecho) poder objetar a la decisión del Ejecutivo. Nada. Pero tampoco deja de ser verdad que el uso maquinado de las leyes pueden producir, paradójicamente, un “fraude de ley"; en este caso, difícilmente alegatorio, más allá de su sentido moral, tras el fallo del Supremo.
Ahora bien, parece más evidente que con expresiones tales como: “Me encanta
ver las caras desencajadas de los familiares en los funerales” y “Aquí, en la cárcel, sus lloros son nuestras sonrisas y terminaremos a carcajada limpia”, cuesta mucho creer que se haya cumplido en este individuo lo preceptuado en el Art. 25.2 de la Constitución, que dice: Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
De Juana Chaos no ha sido condenado a trabajos forzados ni a situación vejatoria alguna. Se da, no obstante, a nuestro entender, desde nuestra cortedad jurídica, desde nuestra ignorancia... una situación estudiada por los juristas Schmidhäser y Roxin (Derecho Penal – parte general- M. Cobo del Rosal – T. S. Vives Antón. pág. 692. Universidad de Valencia. 1984) que vienen a sostener la conveniencia de un poder complementario, en sus decisiones y tratamientos, de las Instituciones Penitenciarias, para el logro de las finalidades específicas de las penas, que no deben entenderse como venganzas de la sociedad o del Estado y sí como medios de prevención social.
... Todo esto es lo que el ciudadano “de a pie”, con el simple sentido de la equidad y su "natural" derecho natural, ve brillar por su ausencia. Y existen precedentes tan al caso y tan del caso como la parecida petición de excarcelación que, en 1902, respaldada por 9000 firmas, presentó Sabino Arana, arguyendo su (verdadera) “enfermedad Adisson”. Viene al caso porque el padre del separatismo vasco fue condenado por enviarle un telegrama al presidente norteamericano Roosvelt en el que le felicitaba por conceder la independencia a Cuba. El presidente del Senado, don Segismundo Moret, ante la petición dijo: “Será más gallardo que muera en la cárcel; además la tranquilidad de España bien vale la vida de un hombre”. La tranquilidad de España, evidentemente, no vale la vida de un hombre si le es arrebatada injustamente; pero la similitud estriba en que, en en noviembre de ese mismo año fue absuelto. El Fiscal presentó recurso, pero Sabino Arana ya había huido a Francia.
Resulta reprobable, pues, la trama y urdimiento por los organismos gubernamentales en la concesión de la prisión atenuada, o práctica puesta en libertad, de un terrorista tan execrable. A tenor, más que nada, del contexto y alarma social en el que se produce. Es decir, a tenor de que Arnaldo Otegui, casi simultáneamente, anuncie que en nada van a transigir los llamados abertzales si no se suma Navarra al proyecto independentista.
… Es malo, pésimo, pues, el momento político de España. La Restauración borbónica de 1975 se fundamenta, básicamente, en el consenso de los dos partidos mayoritarios en los grandes temas de Estado. Si el PSOE ha roto el pacto y ha buscado alianzas en grupos y grupúsculos independentistas, que nada la extrañe, por la ley de acción/reacción, que a las manifestaciones del Partido Popular se sumen grupos de extrema derecha. El nerviosismo es creciente. En las cenas de sobaquillo, en las reuniones, en los bares y tabernas, empiezan a levantar la voz (y a no hablarse) amigos y familiares de toda la vida. De no ser por el cierto nivel de vida alcanzado, el enfrentamiento, idéntico al del 36, ya se habría producido.
Hace unos meses, en concreto desde el 7 de noviembre de 2006, el preso de ETA Juan Ignacio de Juana Chaos, inició una huelga de hambre con el fin de conseguir su libertad mediante presión social “humanitarista” sobre los poderes del Estado. De Juana Chaos, de escalofriante historial delictivo, fue condenado, en una primera sentencia, por el asesinato de 25 personas (cumplió 18 años) y en una segunda, por un delito de opinión con expresa apología del terrorismo, mediante la publicación de dos artículos en Gara (“Galliza” y “El Escudo”), que, dictada por la Audiencia Nacional, fue recurrida en el Supremo. El alto tribunal dictó una nueva condenándole a tres años. Esta reciente sentencia le ha permitido a Instituciones Penitenciarias, dependiente de la Administración; es decir, del Gobierno, la concesión del segundo grado, con prisión atenuada domiciliaria, al amparo del Art. 100.2 del Reglamento penitenciario.
De facto, la excarcelación se debe a las decisiones combinadas del ministro del Interior, del Juez y del Fiscal de de Vigilancia de la Junta de Tratamiento de la Prisión de Aranjuez, asi como de la aquiescencia de la directora de Instituciones Penitenciarias, doña Mercedes Galliza, persona a la que De Juana Chaos le dedicó el primer artículo en Gara.
Formal y legalmente, nada parece (y menos para los que no somos expertos en derecho) poder objetar a la decisión del Ejecutivo. Nada. Pero tampoco deja de ser verdad que el uso maquinado de las leyes pueden producir, paradójicamente, un “fraude de ley"; en este caso, difícilmente alegatorio, más allá de su sentido moral, tras el fallo del Supremo.
Ahora bien, parece más evidente que con expresiones tales como: “Me encanta
ver las caras desencajadas de los familiares en los funerales” y “Aquí, en la cárcel, sus lloros son nuestras sonrisas y terminaremos a carcajada limpia”, cuesta mucho creer que se haya cumplido en este individuo lo preceptuado en el Art. 25.2 de la Constitución, que dice: Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
De Juana Chaos no ha sido condenado a trabajos forzados ni a situación vejatoria alguna. Se da, no obstante, a nuestro entender, desde nuestra cortedad jurídica, desde nuestra ignorancia... una situación estudiada por los juristas Schmidhäser y Roxin (Derecho Penal – parte general- M. Cobo del Rosal – T. S. Vives Antón. pág. 692. Universidad de Valencia. 1984) que vienen a sostener la conveniencia de un poder complementario, en sus decisiones y tratamientos, de las Instituciones Penitenciarias, para el logro de las finalidades específicas de las penas, que no deben entenderse como venganzas de la sociedad o del Estado y sí como medios de prevención social.
... Todo esto es lo que el ciudadano “de a pie”, con el simple sentido de la equidad y su "natural" derecho natural, ve brillar por su ausencia. Y existen precedentes tan al caso y tan del caso como la parecida petición de excarcelación que, en 1902, respaldada por 9000 firmas, presentó Sabino Arana, arguyendo su (verdadera) “enfermedad Adisson”. Viene al caso porque el padre del separatismo vasco fue condenado por enviarle un telegrama al presidente norteamericano Roosvelt en el que le felicitaba por conceder la independencia a Cuba. El presidente del Senado, don Segismundo Moret, ante la petición dijo: “Será más gallardo que muera en la cárcel; además la tranquilidad de España bien vale la vida de un hombre”. La tranquilidad de España, evidentemente, no vale la vida de un hombre si le es arrebatada injustamente; pero la similitud estriba en que, en en noviembre de ese mismo año fue absuelto. El Fiscal presentó recurso, pero Sabino Arana ya había huido a Francia.
Resulta reprobable, pues, la trama y urdimiento por los organismos gubernamentales en la concesión de la prisión atenuada, o práctica puesta en libertad, de un terrorista tan execrable. A tenor, más que nada, del contexto y alarma social en el que se produce. Es decir, a tenor de que Arnaldo Otegui, casi simultáneamente, anuncie que en nada van a transigir los llamados abertzales si no se suma Navarra al proyecto independentista.
… Es malo, pésimo, pues, el momento político de España. La Restauración borbónica de 1975 se fundamenta, básicamente, en el consenso de los dos partidos mayoritarios en los grandes temas de Estado. Si el PSOE ha roto el pacto y ha buscado alianzas en grupos y grupúsculos independentistas, que nada la extrañe, por la ley de acción/reacción, que a las manifestaciones del Partido Popular se sumen grupos de extrema derecha. El nerviosismo es creciente. En las cenas de sobaquillo, en las reuniones, en los bares y tabernas, empiezan a levantar la voz (y a no hablarse) amigos y familiares de toda la vida. De no ser por el cierto nivel de vida alcanzado, el enfrentamiento, idéntico al del 36, ya se habría producido.
Al chantaje de agosto del 97 no se cedió a costa de la vida de Miguel Ángel Blanco; al derivado de la huelga de De Chana, digan el presidente del Gobierno y el ministro del Interior lo que quieran, se ha cedido “por miedo” (el miedo es humano). En concreto, por miedo a la reacción del grupo armado y de su entorno ante la presumible muerte de De Juana. Porque es el mismo Ejecutivo presidido por Zapatero el que se ha metido en el laberinto y no sabe cómo salir. Algo imposible de no contar con la ayuda del Partido Popular.
La situación es tan grave que se echa de menos la mano moderadora de la Corona.
El Informal Segorbino.
La situación es tan grave que se echa de menos la mano moderadora de la Corona.
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