La Sala de lo Contencioso de Castellón ha dado la razón al concejal del Partido Republicano de Segorbe, Nicolás Hervás, en el recurso presentado contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento de la localidad del 21 de diciembre del 2006 por el que se aprobaba la adjudicación de las obras de construcción de la Ciudad Deportiva, acuerdo que fue adoptado con los 12 votos a favor de PP y PSOE.
El fallo del tribunal anula este pacto obligando a retrotraer la tramitación del expediente al momento inicial, según ha señalado el alcalde, Rafael Calvo, indicando que el cumplimiento de la sentencia podría "colocar al consistorio en una situación ruinosa" ya que causaría "un coste de dos millones de euros".
Calvo ha anunciado la presentación del correspondiente recurso de apelación ante el TSJCV por entender "que no se ha aplicado la legislación correcta". Según Calvo, la Sala de lo Contencioso se acoge a la ley Urbanística Valenciana (LUV), "cuando los técnicos del Ayuntamiento, los abogados y nosotros creemos que debe aplicarse la ley Reguladora de la Avtividad Urbanística (LRAU), ya que en el momento en que se inició el PAI del Sector-1 es de aplicación esta ley desde el 2005". Según el alcalde, la diferencia entre ambas normas es que la LRAU no establece que las ciudades menores de 10.000 habitantes tengan obligación de reservar suelo para VPO, requisito que sí fija la LUV.
Fuente: El Periódico Mediterráneo
El fallo del tribunal anula este pacto obligando a retrotraer la tramitación del expediente al momento inicial, según ha señalado el alcalde, Rafael Calvo, indicando que el cumplimiento de la sentencia podría "colocar al consistorio en una situación ruinosa" ya que causaría "un coste de dos millones de euros".
Calvo ha anunciado la presentación del correspondiente recurso de apelación ante el TSJCV por entender "que no se ha aplicado la legislación correcta". Según Calvo, la Sala de lo Contencioso se acoge a la ley Urbanística Valenciana (LUV), "cuando los técnicos del Ayuntamiento, los abogados y nosotros creemos que debe aplicarse la ley Reguladora de la Avtividad Urbanística (LRAU), ya que en el momento en que se inició el PAI del Sector-1 es de aplicación esta ley desde el 2005". Según el alcalde, la diferencia entre ambas normas es que la LRAU no establece que las ciudades menores de 10.000 habitantes tengan obligación de reservar suelo para VPO, requisito que sí fija la LUV.
Fuente: El Periódico Mediterráneo
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