14.4.11

El abogado Álvaro Sendra sale en defensa de la dignidad de Francisco Ardit tras las "presuntas" erróneas informaciones del Ayuntamiento de Segorbe

*En contestación a las erróneas informaciones facilitadas por el Ayuntamiento de Segorbe relativas a los procedimientos judiciales existentes sobre la expropiación de la edificación ubicada en la Plaza de la Cuevasanta 17 de Segorbe.

Tras las noticias aparecidas en prensa relativas a los diversos procedimientos judiciales seguidos contra el Ayuntamiento de Segorbe en virtud de la auténtica incautación –que no expropiación- de la edificación de un particular situada en la Plaza de la Cueva-santa 17 de Segorbe, se manifiesta:

1.- ES, ABSOLUTAMENTE FALSO, DE TODA FALSEDAD, que exista pronunciamiento judicial alguno que, entrando a conocer sobre el fondo de la pretendida expropiación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Segorbe sobre bienes de un particular, haya dado (o quitado) la razón a una o a otra de las partes intervinientes en los distintos procesos judiciales (hasta 5) que se siguen tanto en el TSJCV como en el Juzgado de lo contencioso 2 de Castellón.

2.- ES, NUEVAMENTE INCIERTO, que el propietario de la edificación en cuestión, pretenda un mayor precio por la edificación que se le pretende incautar, por cuanto, lo que se pretende –y así se viene manteniendo en el juzgado- es evitar tal incautación de bienes que se realiza –por mero capricho y animadversión personal- bajo la apariencia de un inexistente interés general. Todo ello, sin perjuicio de tratar de acreditar que, el Ayuntamiento de Segorbe, YERRA, no sólo por la inexistencia de causa que legitime la expropiación de referencia, sino también en la valoración que pretende darle al bien que nos ocupa

3.- EL EXPEDIENTE EXPROPIATORIO TRAMITADO, no contiene, ni hace referencia alguna, al proyecto concreto que, PRESUNTAMENTE amparado por el interés general, se pretende llevar a cabo por el Ayuntamiento de Segorbe. Llamamos la atención de la opinión pública, por cuanto, la que nos ocupa, es la primera EXPROPIACIÓN llevada a cabo por una administración pública, sin PROYECTO, OBRA Y/O INFRAESTRUCTURA que la pudiera legitimar.

La inexistencia de tal proyecto, y el desconocimiento total del destino definitivo del inmueble –cuestión ésta que se reconoce expresamente por la Sra. Santamaría en sus declaraciones-, es la prueba más incontestable de que, todo el expediente administrativo, responde, únicamente, a una persecución personal contra el titular del inmueble, y que no existe motivo o legitimación alguna para sustraer del patrimonio personal de un ciudadano sus bienes inmuebles.

La actuación municipal en este asunto, está guiada por el revanchismo y el mero capricho, circunstancia ésta que resulta pública y notoria en Segorbe y que recuerda, en gran medida, a tiempos preconstitucionales en los que se perseguía a quienes discrepaban del régimen imperante.

4.- Por lo demás, las resoluciones judiciales recaídas hasta la fecha, son susceptibles de recurso, y, reiteramos, no legitiman la expropiación realizada, entre otras cuestiones, por cuanto no existe pronunciamiento alguno en cuanto al fondo del asunto como, por otro lado resulta de la lectura de las mismas.

Nada más gracias. Saludos.
Alvaro Sendra –abogado-

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