3.6.14

El Ayuntamiento sancionara a quien pasee su perro sin recipiente para recoger las heces‏

El Municipio de Segorbe dispone de una Ordenanza de Convivencia Ciudadana respecto a los animales de compañía, perros, gatos, etc. En su art. 41.4 especifica las condiciones de salubridad e higiene que los perros deben tener en los viales, parques, jardines y aquellos otros lugares que se encuentren dentro del casco urbano para con los ciudadanos.

Son los propietarios de estos animales los únicos responsables del cumplimiento de esta Ordenanza, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 16 de Mayo del 2006 y cuya variación se propone en el próximo Pleno del día 4.

Dicha modificación consiste en la incorporación al art. 41.4, de un apartado que refuerce el deber que tienen los propietarios de retirar las heces que depositen los perros en los viales públicos y la obligatoriedad cuando deambulen con los mismos por las calles, de ir atados y de portar una bolsa de plástico o recipiente impermeable similar, para recoger los excrementos y depositarlos en bolsas de basura o en contenedores de basura.

Para hacer cumplir esta ordenanza los Agentes de la Autoridad Municipal podrán advertir de su obligatoriedad y, en caso de incumplimiento o reincidencia podrán imponer una sanción que alcance hasta los 750 € si es leve, si es valorada como grave hasta 1.500 € y, si es muy grave hasta los 3.000 €. Estas sanciones son las que estipula la Ley de Bases de Régimen Local.

 El Equipo de Gobierno a través de la concejalía de Sanidad hará una campaña de sensibilización e información, esperando la colaboración de los dueños de perros para que se conciencien que se puede convivir con sus mascotas sin perjudicar a los que no las tienen o a los que transitan por viales, parques o jardines.

Para facilitar que estos animales puedan correr o jugar sin estar atados, la concejalía de Sanidad está construyendo un recinto cerrado en las

inmediaciones de la Ciudad Deportiva para uso y disfrute de estas mascotas.

Grupo Municipal del PP

1 comentario :

Anónimo dijo...

¿Los propietarios de caballos tambien están incluidos en este apartado? Y si no lo estan ¿existe algun tipo de ordenanza al respecto? Ruego no censuren el comentario y contesten al respecto.
Gracias