¡Qué manera de hacer perder el tiempo a la Administración de justicia! En uno de los numerosos recursos contencioso-administrativos que ha presentado el Sr. Bolumar Lara ante los tribunales con el único fin de no hacer frente al coste económico del desarrollo urbanístico de la Unidad de Ejecución nº 25 de Peñalba, donde él tiene una vivienda unifamiliar, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia un Decreto que sonrojaría a cualquiera.
En este caso la demandante era su esposa, Mª Luisa Verdú Sanz, que también era la abogada y la procuradora. Yo me lo guiso y yo me lo como, debió pensar la Sra. Verdú Sanz; que se olvidó de un pequeño formalismo.
El 25 de Octubre de 2010, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Castellón, dictó sentencia en el procedimiento 115/08 interpuesto contra la presunta ocupación material por vía de hecho de parte de la finca de su propiedad en la Unidad de Ejecución nº 25. Contra esa sentencia, favorable al Ayuntamiento de Segorbe, la Sra. Verdú Sanz interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
En fecha 15 de Abril de 2011, dicho Tribunal ha dictado el Decreto nº 150/2011; en el que declara desierto el recurso de apelación al no haberse personado la apelante en forma ante la Sala. Asimismo acuerda devolver todas las actuaciones al Juzgado, órgano que dictó la primera sentencia favorable a este Ayuntamiento.
El defecto de forma cometido por el matrimonio Bolumar-Verdú se debió a que no depositaron los 25 € que exige la ley para poder presentar un recurso de apelación, que se les devuelve en caso de ganar el recurso. Cabe la interposición de recurso de revisión ante la Sala.
Es tal el afán por no gastarse ni un euro en esta unidad, que no sólo arrastran a otros vecinos en varios contenciosos, para que paguen la abogada (la Sra. Verdú); sino que no se buscan un procurador que estaría más al tanto de los detalles del procedimiento (la propia abogada hace de procuradora); sino que escatiman los 25 € de depósito que marca la ley para apelar.
No me cansaré de repetir que lo lamentable de esta batalla en los tribunales; es que implícitamente los partidos de la oposición municipal (PSOE y Partido Republicano) se unan a este ciudadano que al fin y al cabo persigue unos egoístas intereses particulares, en contra de los intereses generales del resto de los ciudadanos de Segorbe.
En este caso la demandante era su esposa, Mª Luisa Verdú Sanz, que también era la abogada y la procuradora. Yo me lo guiso y yo me lo como, debió pensar la Sra. Verdú Sanz; que se olvidó de un pequeño formalismo.
El 25 de Octubre de 2010, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Castellón, dictó sentencia en el procedimiento 115/08 interpuesto contra la presunta ocupación material por vía de hecho de parte de la finca de su propiedad en la Unidad de Ejecución nº 25. Contra esa sentencia, favorable al Ayuntamiento de Segorbe, la Sra. Verdú Sanz interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
En fecha 15 de Abril de 2011, dicho Tribunal ha dictado el Decreto nº 150/2011; en el que declara desierto el recurso de apelación al no haberse personado la apelante en forma ante la Sala. Asimismo acuerda devolver todas las actuaciones al Juzgado, órgano que dictó la primera sentencia favorable a este Ayuntamiento.
El defecto de forma cometido por el matrimonio Bolumar-Verdú se debió a que no depositaron los 25 € que exige la ley para poder presentar un recurso de apelación, que se les devuelve en caso de ganar el recurso. Cabe la interposición de recurso de revisión ante la Sala.
Es tal el afán por no gastarse ni un euro en esta unidad, que no sólo arrastran a otros vecinos en varios contenciosos, para que paguen la abogada (la Sra. Verdú); sino que no se buscan un procurador que estaría más al tanto de los detalles del procedimiento (la propia abogada hace de procuradora); sino que escatiman los 25 € de depósito que marca la ley para apelar.
No me cansaré de repetir que lo lamentable de esta batalla en los tribunales; es que implícitamente los partidos de la oposición municipal (PSOE y Partido Republicano) se unan a este ciudadano que al fin y al cabo persigue unos egoístas intereses particulares, en contra de los intereses generales del resto de los ciudadanos de Segorbe.
Fdo: Soledad Santamaría Lara -Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular-
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